Cada año, nuevos estudios de la comunidad científica alertan de la creciente crisis ecológica que va dibujando un panorama poco favorable para garantizar un ambiente sano y con calidad de vida a las futuras generaciones. Con expresiones como: «La Tierra se acerca al punto de no retorno», «El 2030 es la fecha límite de la humanidad para evitar una catástrofe global», se intenta dar cuenta de la magnitud del problema del cual urge tomar conciencia y actuar.
De esta crisis, el cambio climático es la principal consecuencia, que más se hace sentir y evidencian sus impactos en la cotidianidad. En las comunidades campesinas esta crisis se vivencia con heladas más prolongadas que acaban con hectáreas de cultivos poniendo en peligro la seguridad alimentaria, lluvias escazas, a veces con retraso, y otras veces precipitaciones torrenciales que provocan inundaciones.
Por un lado, las comunidades científicas exhortan a los gobiernos a impulsar acciones para frenar la explotación de los bienes naturales y resarcir los daños causados a la naturaleza; por el otro, las comunidades campesinas e indígenas señalan que cada vez más la gente está olvidando las sabidurías que las abuelas y abuelos enseñaron, como son las prácticas rituales, la agricultura libre de químicos, vigorización de fuentes de agua, la diversificación y rotación de cultivos, entre otras prácticas para cuidar y proteger de la naturaleza, que es percibida como Madre, como ser vivo.
En ambos casos, se busca regenerar los lazos de equilibrio entre humanos y la Naturaleza, en un contexto donde los primeros se pusieron por encima de todo, para sostener una relación de dominación y explotación de la tierra, llevando al colapso espacios de vida animal y vegetal, incluso hasta el punto de su extinción.
En palabras de Donald Reid: “Este enfoque centrado en lo humano se conoce como antropocentrismo y estamos actualmente experimentando una versión excesivamente radical del mismo. Pero un mundo antropocéntrico no puede sobrevivir. Todos hacemos parte de la Comunidad de la Tierra que es mucho más amplia y a menos que respetemos a las especies que nos acompañan y las tratemos no como objetos sino como sujetos que tienen la misma condición que nosotros en el orden de las cosas, este enfoque antropocéntrico está condenado”.
En las últimas dos décadas, una propuesta se ha ido posicionando cada vez más, y busca remover de raíz este sistema antropocéntrico -causante de las más grandes crisis actuales- para rearmonizar a la comunidad humana con la naturaleza, en el que las personas se sientan parte y se establezca una relación de respeto y equivalencia con todos los seres vivos que habitan en la Comunidad de la Tierra.
Esta propuesta que va cobrando cada vez más relevancia se trata del reconocimiento jurídico de los derechos de la naturaleza, esta nueva concepción del derecho busca transitar de la jurisprudencia antropocéntrica hacia enfoque más amplio como son los derechos de la Madre Tierra, que no solo se reduce a la promoción de leyes de protección y preservación del medio ambiente para garantizar la vida de las personas, sino que se apoya en la vivencia, la sabiduría y expresiones de los pueblos originarios y su relación de respeto, cariño y convivencia en armonía con la Madre Tierra y toda la vida existente en ella.
En palabras del activista y diplomático Pablo Solón, “la incorporación de los derechos de la Madre Tierra o de la Naturaleza en el ordenamiento jurídico de un municipio, país u organismo internacional es un paso muy importante, pero sólo uno de los primeros para empezar a salir del antropocentrismo. El objetivo final de los derechos de la Madre Tierra es construir una comunidad de la Tierra: una sociedad que comprende al ser humano y la naturaleza como un todo.
Hacia el año 2001, a partir del encuentro entre el pensador Tomas Berry con representantes de pueblos originarios, juristas, profesores universitarios, surgió el concepto de Jurisprudencia de la Tierra como una herramienta para ayudar a crear y mantener un sistema de justicia de la Tierra, entendido este sistema de justicia como el que reconoce, honra y protege los derechos del planeta Tierra como una realidad viva, así como los derechos de todas sus especies, incluida la especie humana, a existir y cumplir destinos mutuos de autosuficiencia, como reseña Mike Bell en su libro Tomas Berry y una Jurisprudencia de la Tierra.
Luego de este encuentro, Tomas Berry elabora los 10 principios de la Jurisprudencia de la Tierra que explica mejor sobre esta propuesta.
Experiencias en el mundo
Algunas experiencias que dan cuenta del proceso progresivo para reconocer y garantizar constitucionalmente los derechos de la Naturaleza, las menciona el Doctor en Derecho Rubén Martínez:
- 2007: Ordenanza de derechos de agua y autogobierno local de Barnstead, la cual refiere que: “Las comunidades naturales y los ecosistemas poseen derechos inalienables y fundamentales. Los derechos a existir y florecer dentro de la ciudad de Barnstead. Los ecosistemas incluirán, entre otros, humedales, arroyos, ríos, acuíferos, y otros sistemas de agua”.
- En la Constitución ecuatoriana de 2008 se dio un paso más: por primera vez se reconocieron constitucionalmente los derechos de la Naturaleza, luego que la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador reconociera los derechos de la Madre Tierra en sus artículos 71, 72, 73 y 74. “Art. 71– La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.
- En el 2012, Bolivia presenta la Ley Nº 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, que establece la visión y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien, garantizando la continuidad de la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de vida de la Madre Tierra, recuperando y fortaleciendo los saberes locales y conocimientos ancestrales, en el marco de la complementariedad de derechos, obligaciones y deberes.
- Asimismo, el reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derechos ha tenido lugar en países como Nueva Zelanda (río Whanganui, 2017; Te Urewera, 2014) y Australia (río Yarra, 2017).
- En el 2016, la Corte Constitucional mediante Sentencia T-622, resolvió reconocer al río Atrato como un sujeto de derechos, como respuesta a la necesidad de encontrar una vía jurídica para garantizar su conservación y protección.
Con este nuevo enfoque de los derechos de la Madre Tierra se busca construir una comunidad de la Tierra: una sociedad que comprende al ser humano y la naturaleza como un todo.
Propuesta integral desde el PRA
Desde el inicio del Proyecto Regional Andino (PRA), se reflexionó y se propuso impulsar normas, especialmente para el cuidado y regeneración del agua y la agrobiodiversidad, con base en las practicas de las comunidades andinas y amazónicas, que permiten retomar el vínculo para una buena convivencia entre humanos y el entorno natural, y así crear un ambiente propicio, no solo para las personas sino para todo ser vivo que habita en el planeta.
En este camino, las distintas organizaciones que acompaña el PRA, desarrollan propuestas en materia de normas legales, iniciativas comunitarias y proyectos educativos, apoyadas y sostenidas por procesos de incidencia para la promoción de los derechos de la naturaleza, desde el enfoque de la Jurisprudencia de la Tierra.
Esta propuesta binacional de atribuirle personalidad jurídica a la naturaleza planteada por las organizaciones posicionadas en 5 regiones del Perú y 3 en Bolivia en el marco del PRA, se sustenta en tres pilares. El primero está orientado a fomentar ordenanzas locales sobre derechos de ríos, manantiales, puquiales, cabeceras de cuencas, entre otras, zonas de agrobiodiversidad, lomas costeras y la diversidad cultural, a fin que contribuyan a la protección de estas.
En un segundo pilar está relacionado a la incorporación de los derechos de la naturaleza en el sistema educativo, el cual se viene ya realizando en diferentes escuelas de Áncash, Cusco, Ayacucho, Puno y Lima, en Perú y en La Paz, Chuquisaca y Cochabamba, en la Paz, en que se promueven iniciativas interculturales del cuidado y encariñamiento de los escolares a la naturaleza.
Finalmente está el pilar de la incidencia publico política impulsado desde las redes Infanto juveniles quienes vienen acompañando y sosteniendo el proceso y visibilizarían de buenas prácticas de protección de la biodiversidad desde un enfoque de los derechos de la naturaleza.
Ordenanzas municipales y acciones para el cuidado y protección de la Naturaleza
En estos dos años de camino recorrido, en el PRA se han impulsado propuestas políticas a fin de garantizar la protección de la naturaleza, en especial de fuentes de agua y zonas de agrobiodiversidad, desde un enfoque biocéntrico en el que se reconoce los derechos de la Madre Tierra.
Puno (Perú)
A fines del 2019, tras continuas reuniones con autoridades provinciales, redes de jóvenes y autoridades comunales iniciadas por la coparte Acción Social para la Afirmación de la Pluriculturalidad ASAP de Puno, la Municipalidad Provincial del Melgar aprobó la ordenanza municipal N°018-2019, que “Reconoce a la cuenca del río Llallimayo como sujetos de derecho con el fin de institucionalizar y generar los mecanismos y estrategias municipales que garantizan la conservación y gestión sostenible en beneficio de la población y de los ecosistemas”.
Esta ordenanza declara de interés provincial el reconocimiento de la Cuenca del Río Llallimayo como sujeto de derecho, afianzará y reforzará su protección en el marco de una nueva valoración de la naturaleza, tras determinar el alto grado de contaminación y afectación a la salud humana y de las especies de este ecosistema.
Asimismo, contempla la protección, conservación y recuperación de su ecosistema y la adopción de medidas adecuadas que permita su sostenibilidad a cargo del Estado.
En tanto, junto a la Municipalidad Distrital de Orurillo, perteneciente a la misma provincia de Melgar, se logró impulsar la ordenanza municipal N° 006 – 2019, que aprueba el reconocimiento de la Madre Agua – Mama Yaku – Unu Mama como un ser viviente sujeto de derechos dentro de la jurisdicción de dicha municipalidad.
Con esta disposición, se reconoce como ser viviente sujeto de derechos a la Madre Agua en todas sus formas como son puquios, manantiales, ríos, lagunas, lagos entre otros. “La Madre Agua es criadora de la vida y por lo tanto es nuestra Yaku Unu Mama, y a quien también debemos criarla, cuidarla y protegerla”, señala la norma.
Ayacucho (Perú)
Como parte de las acciones de incidencia y la campaña “Cuidamos con cariño nuestra Madre Agua”, y a iniciativa de la comunidad de Quispillacta y Asociación Bartolomé Aripaylla, se promovió la Ordenanza Municipal N° 001-2020-MDCH/A, que declara como sujeto de derechos a la Yakumama o Madre Agua en la jurisdicción de Chuschi, así mismo reconoció como zona de recarga hídrica y agrobiodiversidad en el ámbito territorial de 5 comunidades del distrito de Chuschi: Quispillaqta, Chuschi, Canchacancha, Uchuyri y Chacolla.
Esta ordenanza fue impulsada tras realizarse varias sesiones de reflexión y construcción de la propuesta colectiva por la comunidad, la Red Infantojuvenil Maqta Chuya, autoridades comunales de Quispillaccta y los representantes de la Municipalidad Provincial de Cangallo.
Lima (Perú)
En un trabajo articulado entre el municipio de Pachacamac, la coparte Arena y Esteras y la red de jóvenes ComunArte se logró impulsar la “Ordenanza que declara de interés distrital el sistema natural de la cuenca del río Lurín en el distrito de Pachacámac”, norma publicada en el diario oficial El Peruano.
La participación de la coparte Arena y Esteras y la red ComunArte ha sido clave en este proceso de acompañamiento a los operadores municipales, en el marco del Proyecto Regional Andino, al aportar con los enfoques de convivialidad y de jurisprudencia de la tierra en la propuesta de protección de esta fuente de agua, con miras a lograr un reconocimiento del río como ser vivo sujeto de derechos, Asimismo, cabe destacar la preocupación mostrada por el municipio en promover la protección y defensa de sus espacios naturales.
Ancash (Perú)
A nivel micro fue posible que las Instituciones Educativas que agrupa AMIRA logren acuerdos registrados en actas con las Comunidades Campesinas en las que se declara la protección de diferentes fuentes de agua locales y zonas de biodiversidad local. Para esto se realizó campaña de sensibilización “Cuidamos con cariño nuestra Madre Agua”, amigable y sostenida con la comunidad que consistió en conversatorios, talleres, salidas de campo y la puesta en marcha de diferentes formatos de comunicación elaborados por los propios niños, jóvenes y docentes.
Así, hasta la fecha se ha logrado registrar 9 Actas de Declaraciones de protección de fuentes de agua en la cuenca del rio Santa: C.C. Copa Chico 01 puquial; C.C. Vicos 01 río Yanayaku; C.C, Huashcar 01 puquial; C, C, Jangas 07 puquiales; C.C. Rapoya 01 puquial; C.C. Atusparia 01 puquial; C.C. Huamarin 02 puquiales; C.C. Quitaflor 02 puquiales; C.C. Acopampa 01 puquial; Total 17 fuentes de agua (puquiales, y afluentes al rio Santa) que serán protegidas en la cuenca del rio Santa.
Cochabamba (Bolivia)
A finales del año pasado, el Gobierno Autónomo Municipal de Pocona, promulgó la Ley Municipal N° 106, que declara el Día Municipal de la Fiesta de las semillas: “Mujusnichejta Raymichakuspa”, a celebrarse cada segundo domingo de mayo.
Con este reconocimiento, se hace posible evidenciar la diversidad de semillas como herencia ancestral de las prácticas de crianza ritual que se mantienen vivas en las comunidades campesinas; conversar y reflexionar con criadores de semillas, mostrar, socializar y sensibilizar sobre la importancia y el potencial de la agrobiodiversidad cultivada.
Asimismo, apoyar, fomentar y promover la fiesta de semillas y el Centro Ceremonial y Arqueológico de Incallajta, a fin de fortalecer los caminos de las semillas, de la gente, su música, su producción y su cultura.
Con cada una de estas iniciativas impulsadas por el Proyecto Regional Andino, se busca aportar con propuestas políticas innovadoras para un nueva legislación, en el que se tengan medidas para hacer real y efectiva la protección ambiental y de los derechos ecológicos, posicionado buenas prácticas de protección del agua y de la biodiversidad, que garanticen no solo una vida saludable y un ambiente sano para las futuras generaciones, sino que sea posible regenerar las relaciones de convivencia y equilibrio con base en el respeto, cariño y cuidado de nuestra casa común, la Comunidad de la Tierra, como nos enseñaron nuestras abuelas y abuelos sabios.
Cabe señalar que, a la fecha, el Perú está a la espera que el Congreso de la República debata y apruebe el Proyecto de Ley N°06957 Ley de la Madre Naturaleza, que podría ser un importante paso en el reconocimiento constitucional los derechos de la Naturaleza como lo hicieron en su momento los países vecinos de Ecuador y Bolivia.